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El juez Ochoa pide a la Corte Suprema que resuelva el bloqueo de rutas en San Luis

El Juzgado Federal de Río Cuarto elevó el expediente ante el máximo tribunal. El pedido original para liberar el acceso a la provincia había sido interpuesto por la Sociedad Rural local junto a otras tres entidades.

 

El juez federal de Río Cuarto, Carlos Ochoa, decidió enviar a la Corte Suprema de la Nación el expediente abierto en el marco de un pedido de un grupo de entidades rurales del sur de la provincia de Córdoba para que el Gobierno de San Luis libera las rutas bloqueadas desde el inicio de la cuarentena por el Covid-19.

La decisión del juez fue tomada luego de que rechazara el pedido del Gobierno de San Luis, que había solicitado la incompetencia territorial del Juzgado de Río Cuarto y la remisión de la causa a la Justicia Federal de esa provincia por considerarla competente.

 

Presentación

 

El 29 de junio pasado, y con patrocinio de los abogados constitucionalistas Antonio María Hernández (padre e hijo) y Javier Quiroga Contrera, las sociedades Rurales de Río Cuarto y de Vicuña Mackenna, la Asociación Civil de Transportistas de Achiras y el Consorcio Caminero N° 158 (también de Achiras) presentaron una demanda de inconstitucionalidad contra las medidas tomadas por el Gobierno de San Luis que permiten el libre tránsito entre esa provincia y Córdoba.

En la presentación, las entidades solicitaban que “disponga una medida cautelar innovativa” en la que le ordene al gobernador de San Luis, Alberto Rodríguez Saá “la inmediata apertura de la Ruta provincial 30, de los caminos vecinales y de la Ruta nacional 8”,

 

A favor y en contra

 

El miércoles 1° de julio, el juez Ochoa hace lugar al pedido de los demandantes. En su fallo ordenó al “señor gobernador de la provincia de San Luis que arbitre los medios pertinentes para proceder a la apertura y circulación de la Ruta Nacional N° 8, Ruta Provincial N° 30 y los respectivos caminos vecinales, que se dan en el límite entre la provincia de Córdoba y San Luis, siempre y cuando las  personas que pretendan transponer dicho límite provincial, posean el Certificado Único Habilitante para circulación Covid-19”.

Ese mismo día, y en tiempo récord, un juez de San Luis rechazó la medida de su par de Río Cuarto y ordenó mantener las actuales medidas de prevención sanitaria en las rutas puntanas.

En menos de 12 horas de conocida la resolución del magistrado cordobés, Juan Esteban Maqueda hizo lugar a una acción declarativa de certeza interpuesta por el gobierno de San Luis para “que se respeten todas las medidas sanitarias y los protocolos de ingreso, egreso y circulación en la provincia”.

 

Nueva instancia

 

“Es muy importante que la Corte Suprema de Justicia se avoque de inmediato a la consideración de este conflicto de competencias”, aseguró el abogado constitucionalista Antonio María Hernández, para quien la imposibilidad de ejecutar la medida cautelar del juez de Río Cuarto representa una violación de gran cantidad de derechos fundamentales de los vecinos del sur Córdoba que tienen vinculación estrecha con localidades de la provincia de San Luis.

Según Hernández, la medida dispuesta por el Gobierno de Alberto Rodríguez Saá viola los artículos 9 y 12 de la Constitución Nacional que impiden la existencia de aduanas interiores o de prohibiciones que impidan el tránsito de personas o mercaderías en el único territorio de la Nación. “Están en juego normas y principios esenciales del federalismo argentino”, sostuvo el especialista en derecho constitucional.

 

Fuente: Agrovoz.